DERECHO PENAL. ASPECTOS GENERALES DEL DELITO DE TRATA DE PERSONAS




ASPECTOS GENERALES DEL DELITO DE TRATA DE PERSONAS EN VENEZUELA




     La trata de personas está definida en el Protocolo de Palermo como “la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. La explotación incluye como mínimo, la derivada de la prostitución y de otras formas de explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas similares, servidumbre y extracción de órganos.”

     El primer instrumento jurídico que aborda el fenómeno de la trata de personas es el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente la de Mujeres y Niños, que complementa de la Convención de Naciones Unidas para combatir la Delincuencia Organizada Transnacional.

     La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela del año 1999, en el capítulo sobre los derechos civiles, reconoce en el artículo 46 primer aparte, "Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral, ninguna persona puede ser sometida a penas, torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes". Expresamente, en el artículo 54 prohíbe la trata de seres humanos señalando: "Ninguna persona podrá ser sometida a esclavitud o servidumbre. La Trata de Personas y en particular la de Mujeres, Niños, Niñas y Adolescentes en todas sus formas, estará sujeta a las penas previstas en la Ley." Equiparando la condición en la que se encuentra una víctima de trata de personas a una situación de esclavitud.

    Su marco legal está circunscrito a las siguientes Leyes:

  La Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo;

Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia,

Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes;

Ley de Extranjería y Migración.

     Venezuela tiene aprobado diversos Instrumentos Internacionales en cuanto a la regulación de la Trata de Personas. Es así como se han promulgado las siguientes leyes en cuanto a los Tratados Internacionales:

Ley No 64  G.O 37353 del 27-12-2001, Protocolo para prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. 

 Ley No 88 G.O 37357 del 04-01-2002, Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

Ley No 79  G.O 37355 del 02-01-2002, Protocolo Facultativo de la Convención Sobre los Derechos del Niño Relativo a la Venta, Prostitución Infantil, y Utilización de Niños en Pornografía.

Ley No 82  G.O 55070E del 03-01-2002, Protocolo de la Convención Sobre los Derechos del Niño relativo a la Participación de Niños en Conflictos Armados.Ley contenida en  G.O 5747E del 23-12-2004, Convenio No. 182 “Sobre la Prohibición de las Peores Formas de Trabajo Infantil y la Acción Inmediata para su Eliminación.

Ley contenida en G.O 5754E  del 03-01-2005, Protocolo Sobre Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire,  que complementa la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

Ley No 38  G.O 37304 del 16-10-2001, Protocolo Facultativo de la Convención Sobre la Eliminación  de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer-CEDAW.

Ley contenida en  G.O 38192 del 23-05-2005, Convención Americana Sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. “Protocolo de San Salvador.”



DR. TUTANKAMEN HERNÁNDEZ ROJAS

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